Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Parque Eólico Melguizas» en el término municipal de Caniles (Granada). Expediente E-4473; 11096/AT.
Publicado en:«BOE» núm. 97, de 20 de abril de 2024
Expropiaciones en Caniles por el Parque Eólico Melguizas
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De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación:
a) Peticionario: Parque Eólico Melguizas, S.L.U., con CIF: B87997698 y dirección en Paseo de la Castellana n.º 259-D, 14ª planta de Madrid.
b) Objeto de la petición: declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación denominada «Parque Eólico Melguizas» en el término municipal de Caniles (Granada).
c) Emplazamiento: el Parque se localiza en el este del término municipal de Caniles, ocupando el paraje de “Los Cortijillos” al norte la antigua vía de ferrocarril desmantelada Guadix-Murcia, el paraje de “Llanos de Hijate” al norte de la carretera A-334 y el paraje de “Las Melguizas” al sur de la A-334. Los aerogeneradores se situarán, la mayor parte de ellos, en zonas elevadas cuyos terrenos están dedicados al cultivo de cereales o almendros.
d) Características: el parque estará formado por ocho aerogeneradores de 5,9 MW de potencia nominal, con un diámetro de rotor de 163 metros, 108 metros de altura de buje y una altura total a punta de pala de 189,5 metros. La potencia instalada será de 47,2 MW. Los aerogeneradores se sitúan a una altitud entre 966 y 1054 metros, con una separación entre aerogeneradores de 2,5-3 diámetros de rotor en la dirección perpendicular al viento dominante.
El parque eólico dispondrá también de una torre meteorológica. Los aerogeneradores se conectarán individualmente a los respectivos centros de transformación ubicados en el interior del aerogenerador, de 0,75/30 kV y 6350 kVA de potencia en el caso del aerogenerador previsto.
Los centros de transformación de cada aerogenerador estarán conectados entre sí mediante líneas eléctricas subterráneas de 30 kV. Se dispondrá una Red de Tierras General, de manera que toda la infraestructura eléctrica forme un conjunto equipotencial, y un Sistema de Control de la planta.
La instalación se completará con los necesarios elementos de infraestructura (viales, cimentaciones, canalizaciones, etc.) y electromecánicos (estación anemométrica, red de tierras, sistemas de seguridad, contraincendios, etc.).
e) Finalidad: producción de energía de origen eólico.
La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
A estos efectos, en el anexo adjunto, se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación forzosa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen. Dicha documentación estará disponible en el enlace de acceso público que se cita a continuación: http://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Asimismo, el acceso presencial al expediente podrá solicitarse únicamente por aquellos sujetos que no están obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, en el mismo plazo de treinta días indicado, en las dependencias del Servicio de Energía de esta Delegación Territorial, sito en la Avenida Joaquina Eguaras número 2, planta 5ª, de Granada. Para ello, será necesario cita, que podrá obtenerse contactando en el teléfono 955 012 012 o a través de la dirección de correo electrónico: [email protected]. No obstante, los planos parcelarios afectados por el proyecto podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento correspondiente.
La presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Delegado Territorial Fdo.: Gumersindo Fernández Casas
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