En efecto, se ha publicado la relación de afectados por expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca. En el Boletín Oficial del Estado de 20 de Junio de 2013, ha sido publicada las características del proyecto y la relación de los afectados por expropiación forzosa para la “construcción de las instalaciones del gasoducto de transporte secundario de gas natural denominado “Gasoducto de transporte primario Cas Tresorer – Manacor – Felanitx y de sus instalaciones auxiliares“, en varios municipios de la isla de Mallorca.
Se trata de un anuncio de Información pública, para que los afectados e interesados puedan consultar el proyecto, las afecciones y ejercer su derecho a realizar alegaciones. Voy a explicar las características del proyecto, y plantear algunas recomendaciones para los afectados de este proyecto o similares.
El proyecto de construcción afecta a fincas situadas en los siguientes municipios:
- Palma de Mallorca,
- Algaida,
- Montuiri,
- Sant Joan,
- Vilafranca de Bonany,
- Manacor,
- y Fenalitx.
La empresa beneficiaria es “Endesa Gas Transportista S.L.”
De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por el Director del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares, las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ya que la Ley 34/1998, de 7 de Octubre, del Sector de Hidrocarburos por la que se aprueba el proyecto de ejecución, declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras.
Nuevamente encuentro un anuncio bastante completo, en el que se han especificado en el propio anuncio las afecciones concretas que sufrirán los afectados, especialmente en el caso de las servidumbres. De esta manera, aquellos que revisen exhaustivamente las situación en la que quedarán parte de los terrenos de su finca, podrán determinar cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones, de forma que la preparación de la relación de bienes y derechos afectados se pueda realizar con una mayor seguridad. Por otra parte, la publicación de estas afecciones por servidumbre, favorece la seguridad jurídica de los afectados, que sabrán exactamente cuáles son sus obligaciones con respecto a la empresa beneficiaria.
Las parcelas rústicas afectadas están dedicadas a todo tipo de aprovechamientos, debido a lo extenso de la zona donde se producen las afecciones, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca.
Recomiendo a todos los afectados que revisen exhaustivamente las servidumbres que quedarán en su finca al servicio de Endesa Gas Transportista, S.L., y que aclaren perfectamente y caso por caso, cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones.
Asimismo, se contempla en el proyecto la ocupación temporal de terrenos, en algunos casos bastante extensa, que deberán ser revisadas para comprobar si afectan de alguna forma importante a las instalaciones de la explotación agraria. También recomiendo la realización de un seguimiento de estas ocupaciones, ya que la obligación de la empresa beneficiaria es la dejar los terrenos en el mismo estado en el que los encontraron.
Según el anuncio publicado, el proyecto publicado NO es definitivo, por lo que se abre un plazo para la realización el trámite de Información pública, en el que se pueden presentar alegaciones a expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca, según el contenido del proyecto.
La relación individualizada de bienes y derechos, así como los datos y planos del proyecto, se expondrá al público durante treinta días, a partir del día 21 de Junio, para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación u “oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación“.
En efecto, la Ley de Expropiación Forzosa ampara las alegaciones que se realicen a la ocupación de una finca. Concretamente, en su artículo 19 dice que “cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada y oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.” En relación a las alegaciones a los proyectos de expropiación escribí hace unos días un artículo que puedes encontrar aquí.
La exposición pública se llevará a cabo en las dependencias en la Dirección del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno, sita en Palma de Mallorca, o la relación de afectados y los planos parcelarios en los Ayutnamientos donde se encuentran los terrenos afectados: Ayuntamientos de Palma, Montuiri, Villafranca de Bonany, Manacor, y Felanitx. Durante este periodo, todo aquél que se considere afectado podrá realizar alegaciones a expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca, de cualquier tipo a dicho proyecto, tanto las que sean para corregir errores, como las que pretendan oponerse o modificar el proyecto.
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Agradecimientos: Foto por “Diba”
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