Hoy traigo al blog de Guía de Expropiaciones un anuncio para que los afectados por la Expropiación Forzosa del AVE en Mérida, revisen el proyecto, y realicen alegaciones a las afecciones en sus tierras. Las fincas afectadas pertenecen a los municipios de Mérida y Esparragalejo.
Se trata de dos proyectos de las obras del acceso del AVE a Mérida. El día 4 de Agosto se abrió el plazo para presentar alegaciones a expropiación forzosa del AVE en Mérida, para obras de los siguientes proyectos:
- “Proyecto Básico de Plataforma de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura. Acceso a Mérida. Tramo: Cuarto de la Jara-Arroyo de la Albuera“, de acuerdo con el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado de 3 de Agosto de 2.013.
- “Proyecto básico de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura. Acceso a Mérida. Tramo: San Rafael-Cuarto de la Jara“, de acuerdo con el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado de 3 de Agosto de 2.013.
Según los anuncios publicados, firmados por el Director de Planificación Funcional de la Red y Accesos a Ciudades, el proyecto publicado NO es definitivo, por lo que se abre un plazo para la realización el trámite de Información pública, en el que se pueden presentar alegaciones a la Expropiación Forzosa del AVE en Mérida, según el contenido del proyecto.
En el anuncio publicado se incluye la relación individualizada de bienes y derechos, que se expondrá al público durante QUINCE días, junto con con toda la documentación de expropiaciones, a partir del día 4 de Agosto de 2013, para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación u “oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación“.
En efecto, la Ley de Expropiación Forzosa ampara las alegaciones que se realicen a la ocupación de una finca. Concretamente, en su artículo 19 dice que “cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada y oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.” En relación a las alegaciones a los proyectos de expropiación publiqué hace unos días un artículo, ¿Puedo oponerme a una Expropiación Forzosa?.
La información sobre el proyecto y las afecciones causadas por la expropiación forzosa del Ave en Mérida, se encontrará en exposición pública durante quince días posteriores a su publicación enSubdelegación del Gobierno en Badajoz (Avenida de Europa, n.º 1, 06071 Badajoz), en la Subdirección de Actuaciones de Acceso a las Ciudades (c/ Titán, 4 y 6) y en los Ayuntamientos de Mérida y de Esparragalejo.
Durante este periodo, todo aquél que se considere afectado podrá realizar alegaciones a expropiación forzosa del AVE en Mérida, de cualquier tipo a dicho proyecto, tanto las que sean para corregir errores, como las que pretendan oponerse o modificar el proyecto. Las alegaciones que se consideren oportunas presentar deberán dirigirse a cualquiera de los organismos en los que se consulte la documentación.
Como en todos los proyectos de obras de infraestructuras lineales, las parcelas rústicas afectadas son muy numerosas, siendo algunas de ellas expropiadas en una amplia superficie, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa del AVE en Mérida. La zona por donde transcurre la línea es característica de la dehesa extremeña, abundando las encinas y el alcornoque, y la dedicación a montanera o pasto para el ganado.
Recomiendo a los propietarios que revisen exhaustivamente las situación en la que quedarán parte de los terrenos de su finca, podrán determinar cómo afectarán estas afecciones a las infraestructuras y plantaciones existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones, de forma que la preparación de la relación de bienes y derechos afectados se pueda realizar con una mayor seguridad. Esta es la forma que recomiendo para trabajar desde el principio por un mejor justiprecio.
____________
Fotografía: Imagen PNOA del Instituto Geográfico Nacional. Cartografía superpuesta del Catastro.
Deja una respuesta