Autorización administrativa y declaración de utilidad pública del proyecto Arroyo_Oja en Jaén
El Boletín Oficial del Estado publicó el acuerdo de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de Jaén por el que se concede la autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración de utilidad pública para la nueva línea aérea de media tensión de 25 kV denominada Arroyo_Oja.
Descripción del proyecto y ámbito territorial
El proyecto comprende una nueva salida de línea simple circuito 25 kV desde la Subestación «Génave_Renovables» situada en el paraje «Casa Blanca», afectando a los términos municipales de Puente de Génave y Arroyo del Ojanco, en la provincia de Jaén. Tiene una longitud aproximada de 2.538 km en línea aérea y 10 metros de línea subterránea para la conexión desde la subestación al punto de paso aéreo.
Trámite administrativo y declaración de utilidad pública
La resolución de fecha 17 de mayo de 2024, publicada el 8 de julio de 2026 en el BOE núm. 165, expone que el proyecto cumple con la normativa vigente del sector eléctrico y medioambiental, incluyendo la autorización ambiental unificada. Además, la declaración de utilidad pública facultará la expropiación forzosa y la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados necesarios para la ejecución del proyecto, conforme a la Ley de Expropiación Forzosa.
Afecciones y bienes afectados
La relación de bienes y derechos afectados incluye parcelas y terrenos en los municipios de Puente de Génave y Arroyo del Ojanco con distintos tipos de ocupación, principalmente agraria. La servidumbre de paso aéreo comprende el vuelo sobre el predio, la instalación de apoyos, acceso para mantenimiento, y ocupación temporal para obras.
La relación completa y detallada de los bienes afectados puede consultarse en el BOE oficial.
Condiciones y plazos
- El proyecto deberá ejecutarse conforme al documento técnico aprobado y la normativa aplicable.
- El plazo máximo para la puesta en servicio es de 24 meses desde la notificación de la resolución.
- Será necesario solicitar la autorización administrativa de explotación acompañada de certificado final de obra visado.
- La resolución puede dejarse sin efecto en caso de incumplimiento, manteniendo los derechos legítimos de terceros.
Información para afectados y consulta técnica
Los propietarios afectados por la expropiación forzosa o interesados en una valoración preliminar de sus bienes pueden solicitar asesoramiento técnico especializado. Para ello, se recomienda contactar con guiadeexpropiaciones.com. Esta plataforma ofrece una valoración inicial sin compromisos ni promesas de resultados.
Para más detalles, consulte el anuncio oficial completo en el Boletín Oficial del Estado.


