Resumen de la resolución
Autorización y declaración de utilidad pública línea eléctrica Martos Jaén
El 5 de mayo de 2026, la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén concedió autorización administrativa previa y para la construcción, además de declarar de utilidad pública el proyecto de instalación de energía eléctrica entre los términos municipales de Martos y Fuensanta de Martos, promovido por E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.
Características del proyecto
- Instalación de una nueva línea aérea de media tensión 25kV D/C y una línea subterránea de media tensión 25kV D/C entre la subestación de Martos y Fuensanta de Martos.
- Longitud aproximada de línea aérea: 8,5 km.
- La línea subterránea constará de una canalización de 290 metros y tendido de cable conductor de 300 metros.
- Ubicación concreta con coordenadas UTM (ETRS89) para inicio y fin de canalizaciones y línea aérea.
Procedimientos administrativos y legales
El procedimiento ha cumplido los trámites establecidos en el Real Decreto 1955/2000 y la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, incluyendo:
- Información pública en el BOP de Jaén, BOE, BOJA y medios locales sin alegaciones recibidas.
- Informe favorable y conformidad de los organismos consultados como ayuntamientos, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Diputación Provincial.
- Declaración expresa de utilidad pública que habilita la expropiación forzosa y la urgente ocupación de bienes y derechos afectados.
- Limitaciones y regulaciones específicas sobre servidumbres de paso conforme a la legislación vigente.
Implicaciones para los bienes y derechos afectados
La declaración de utilidad pública permite la ocupación necesaria de bienes privados y públicos para la instalación eléctrica con servidumbres de paso aéreas y subterráneas, incluidas accesos para construcción, conservación y mantenimiento.
Se ofrece relación detallada de bienes y derechos afectados en el anexo al documento oficial disponible en la publicación del BOJA Nº 109 del 9 de junio de 2026.
Plazos y condiciones
- El plazo para la puesta en marcha del proyecto es de 24 meses desde la notificación de la resolución.
- La autorización puede ser revocada en caso de incumplimiento de condiciones legales o administrativas.
- El titular deberá comunicar la finalización de obras con certificado técnico para la autorización de explotación.
Recursos y notificaciones
Contra esta resolución se pueden interponer recursos administrativos y contencioso-administrativos en los plazos establecidos en la normativa aplicable.
Asesoramiento para afectados
Si usted es propietario o titular de derechos afectados por esta declaración de utilidad pública y expropiación forzosa, puede solicitar una revisión técnica o valoración preliminar de su caso. En guiadeexpropiaciones.com ofrecemos asesoría especializada sin compromiso para ayudarle a entender el impacto y posibles opciones.


