Declaración de utilidad pública del nuevo apoyo en línea aérea de alta tensión en Valdeobispo (Cáceres)

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Declaración de utilidad pública en Valdeobispo para nueva instalación eléctrica

Utilidad pública línea aérea alta tensión Valdeobispo

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio de Extremadura

ha dictado resolución mediante la cual se declara, en concreto, de utilidad pública el proyecto:

«Instalación de nuevo apoyo bajo la línea aérea de alta tensión de 45 kV, 3760-21 Cucoto de la ST CH Valdeobispo, entre los apoyos 5009 y 5010»,

ubicado en el término municipal de Valdeobispo (Cáceres), expediente AT-9657.

Objeto y características del proyecto

  • Instalación de un nuevo apoyo metálico, triangular y de celosía simple (designado como «61T» de la ‘serie 1’), con cimentación monobloque.
  • Ubicación en parcela privada Polígono 10 – Parcela 5103, paraje «La Talla».
  • Se trata de un apoyo bajo la línea aérea de alta tensión de 45 kV, entre los apoyos numerados 5009 y 5010.

Trámites administrativos y fundamentos legales

El procedimiento se ha tramitado conforme a la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000,

siguiendo las instrucciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia energética.

Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones, y la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU aceptó las condiciones impuestas.

  • Se notificó a administraciones y empresas públicas afectadas para emisión de informes.
  • Se concedió autorización administrativa previa y de construcción.

Implicaciones de la declaración de utilidad pública

La declaración conlleva la necesidad de ocupación de bienes y adquisición de derechos afectados, facultando la urgente ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954.

La empresa queda obligada a cumplir la normativa sectorial, los condicionantes de las administraciones y obtener los permisos municipales o sectoriales necesarios para la ejecución de las obras.

Recursos y contacto

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de Extremadura en un plazo de un mes.

Los propietarios o afectados por esta expropiación forzosa pueden solicitar una revisión técnica o una valoración preliminar de sus bienes y derechos en guiadeexpropiaciones.com, sin que ello implique promesa de resultados.

Referencia oficial

Resolución publicada en el BOE nº 160, 2 de julio de 2026, páginas 35893-35896.


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