Declaración de utilidad pública de la línea eléctrica 220 kV Costa de la Luz-Puebla de Guzmán en Huelva

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Declaración de utilidad pública de la línea eléctrica 220 kV Costa de la Luz-Puebla de Guzmán

El 12 de junio de 2026, la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva emitió resolución declarando la utilidad pública concreta del proyecto de línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV doble circuito Costa de la Luz-Puebla de Guzmán. Este proyecto afecta a los términos municipales de Lepe, Cartaya, Villanueva de los Castillejos, El Almendro y Puebla de Guzmán en la provincia de Huelva.

Características del proyecto

  • Longitud total: 32,507 km por circuito, dividido en un tramo subterráneo de 0,091 km y un tramo aéreo de 32,416 km.
  • Configuración: Corriente alterna trifásica a 50 Hz y tensión nominal de 220 kV (máxima 245 kV).
  • Infraestructura: Dos circuitos de línea aérea-subterránea con apoyos metálicos tipo torres de celosía y trazado con canalización tubular hormigonada en el tramo subterráneo.
  • Origen y destino: Desde la Subestación Costa de la Luz (Lepe) hasta la Subestación Puebla de Guzmán.

Tramitación administrativa y participación pública

El expediente incluye la autorización administrativa previa y de construcción, así como la autorización ambiental unificada.

Se sometió el proyecto a información pública en varios boletines oficiales y tablones de anuncios de los municipios afectados, además de notificarse a los interesados y publicarse en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía.

Durante el período de información pública se recibieron diversas alegaciones, las cuales fueron analizadas y respondidas en el expediente. Algunas se estimaron, como la actualización de titularidad de parcelas y datos administrativos, y se desestimaron otras relativas a modificaciones del trazado por implicar cambios sustanciales y requerir nueva tramitación.

Utilidad pública y efectos legales

Según la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, esta declaración implica:

  • La necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos afectados.
  • La urgente ocupación de los mismos para la instalación.
  • El derecho a establecer servidumbre de paso conforme a la normativa aplicable.

Valoración y justiprecio

La valoración económica y la indemnización correspondiente por las afecciones sufrirán valoración individualizada en la fase de justiprecio tras la expropiación, pudiendo los afectados presentar valoración y, en su caso, reclamar ante la Comisión Provincial de Valoraciones.

Enlaces y más información

Para consultar el texto íntegro y oficial, puede acceder al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Asesoramiento a afectados

Si usted es propietario afectado o tiene interés en esta expropiación o declaración de utilidad pública, puede solicitar una revisión técnica o valoración preliminar en guiadeexpropiaciones.com.


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