Declaración de Utilidad Pública para la Línea Eléctrica Costa de la Luz-Puebla de Guzmán en Huelva

expropiaciones línea eléctrica

Declaración de Utilidad Pública para la Línea Costa de la Luz-Puebla de Guzmán (Huelva)

Declaración de utilidad pública línea eléctrica Costa de la Luz Puebla de Guzmán

El 18 de junio de 2026 se publicó la resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva por la que se declara la utilidad pública en concreto correspondiente al proyecto de Línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 KV doble circuito Costa de la Luz-Puebla de Guzmán. Este proyecto se ubica en los términos municipales de Lepe, Cartaya, Villanueva de los Castillejos, El Almendro y Puebla de Guzmán, en la provincia de Huelva.

Características del Proyecto

  • Tipo de instalación: Línea aérea-subterránea de alta tensión 220 kV, doble circuito.
  • Longitud total: 32,507 km por circuito (32,416 km aéreo y 0,091 km subterráneo).
  • Origen: Subestación Costa de la Luz (Lepe).
  • Destino: Subestación Puebla de Guzmán.
  • Sistema: Corriente alterna trifásica, frecuencia 50 Hz, tensión nominal 220 kV (máximo 245 kV).
  • Componentes: Torres metálicas de celosía, cables conductores, cable compuesto tierra-óptico (OPGW).
  • Tramo subterráneo: Canalización tubular hormigonada, cables en disposición tresbolillo, profundidad de zanja 1,45 metros.

Procedimiento y Tramitación

El proyecto cuenta con autorización administrativa previa, autorización de construcción y autorización ambiental unificada. Fue sometido a información pública en Boletines Oficiales y medios locales desde diciembre de 2025 hasta enero de 2026, donde se recibieron alegaciones que fueron estudiadas y resueltas en el expediente. La declaración de utilidad pública lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, conforme a la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y la Ley de Expropiación Forzosa.

Afecciones y Servidumbres

El proyecto afecta a diversas fincas y bienes rústicos, además de vías de dominio público y monte público. Existe una relación detallada de bienes y derechos afectados (consultable en el BOE oficial), donde se especifican las superficies afectadas por servidumbres de paso, tala y ocupación temporal.

Alegaciones y Respuestas

Se presentaron alegaciones por propietarios y entidades interesadas, relativas a trazados, afección ambiental, salud pública, y valoración de indemnizaciones. La entidad beneficiaria, Red Eléctrica de España, realizó las contestaciones fundamentándose en el cumplimiento de la normativa sectorial, estudios ambientales y planificación energética estatal. Varias alegaciones fueron estimadas o desestimadas conforme a la normativa y jurisprudencia vigente.

Marco Legal y Declaración Final

La declaración se basa en los artículos vigentes de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 y Ley de Expropiación Forzosa, y el proyecto está incluido en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026. La resolución pone fin a la vía administrativa y admite recurso potestativo de reposición o impugnación judicial.

Información para los Afectados

Los propietarios afectados pueden presentar alegaciones durante el trámite de justiprecio y solicitar reparación económica por los daños ocasionados. Asimismo, guiadeexpropiaciones.com ofrece servicios de revisión técnica y valoración preliminar para quienes deseen asesoramiento sobre sus derechos y compensaciones derivadas de esta expropiación forzosa.

Para más detalles consulte el anuncio oficial en el BOE: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-20745

Declaración de utilidad pública línea eléctrica Costa de la Luz Puebla de Guzmán


También te puede interesar: