Información pública sobre la necesidad de ocupación para el proyecto ferroviario en Madrid y Toledo
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) ha anunciado la apertura de un período de información pública de quince días hábiles para la declaración de la necesidad de ocupación correspondiente al Proyecto de tratamiento de 11 estructuras situadas en diversos puntos kilométricos (p.k.) de la línea 300 Madrid Chamartín-Clara Campoamor-Valencia-Estació del Nord, en el trayecto Getafe-Industrial – Tembleque.
Ámbito territorial y puntos kilométricos afectados
El proyecto afecta estructuras localizadas en los siguientes puntos kilométricos:
- 18+015, 34+350, 37+188, 37+775, 42+660, 46+665, 47+030, 48+200, 75+350, 81+987 y 85+050
- Municipios afectados principalmente en las provincias de Madrid y Toledo:
- Getafe, Pinto, Ciempozuelos, Seseña, Aranjuez, Villasequilla, Huerta de Valdecarábanos.
Relación de bienes y derechos afectados
Durante el periodo de información pública, se facilita el acceso a la documentación relacionada con la expropiación de bienes y derechos afectados por el proyecto, disponible para consulta en las oficinas públicas: Delegación del Gobierno en Madrid, Subdelegación del Gobierno en Toledo, la Subdirección de Infraestructura y vía, y en los ayuntamientos de los municipios directamente implicados. Además, esta información está accesible en el Portal de Transparencia de ADIF (www.adif.es).
La relación incluye bienales de fincas rústicas y urbanas individuales afectadas por ocupación temporal u otra afección.
Presentación de alegaciones y revisión de la documentación
Los interesados pueden presentar por escrito alegaciones para rectificar posibles errores o para oponerse a la ocupación, que deben dirigirse a la Subdirección de Infraestructura y vía, con referencia explícita al proyecto. La presentación puede realizarse presencialmente o a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (enlace) o mediante la sede electrónica de ADIF (enlace).
Normativa aplicable
Este proceso se regula conforme a los artículos 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su correspondiente Reglamento de 1957.
Contacto y asesoramiento para afectados
Si usted es propietario o titular de derechos afectados por este expediente de expropiación y necesita una valoración preliminar o revisión técnica del proyecto, puede solicitar asesoramiento en guiadeexpropiaciones.com, donde se ofrecen servicios especializados sin garantizar resultados.
Referencia oficial del anuncio: BOE-B-2026-21412


