Resumen de la resolución autorizativa y declaración de utilidad pública en Arjona (Jaén)
La Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén ha concedido, mediante resolución publicada en el BOE núm. 112 de 8 de mayo de 2026,
la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación de la línea eléctrica «Nueva línea de media tensión para cierre en línea ‘Lopera’» entre los apoyos A751797 y A748291, ubicados en los parajes Arroyo Alamillo, Santiago y Alamedilla, en el término municipal de Arjona (Jaén).
Antecedentes y procedimiento
La empresa E-Distribución Redes Digitales S.L.U solicitó la autorización y declaración de utilidad pública el 16 de septiembre de 2024, acompañando la documentación técnica
y la relación individualizada de los bienes y derechos afectados para la urgente ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El expediente cumplió con los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000 y la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, incluyendo información pública y audiencia a organismos y particulares afectados.
Finalmente, la autorización fue otorgada tras atender alegaciones recibidas y obtener conformidad por parte de las administraciones implicadas.
Objeto y características del proyecto
El proyecto consiste en la instalación y adecuación de 2.889 metros de nuevo tendido aéreo con conductor 94-AL1/22-ST1A y 16 apoyos metálicos de celosía galvanizada, además del desmontaje de 38 metros de tendido existente entre uno de los apoyos y el centro de distribución correspondiente.
También se incluyen seccionadores unipolares y puesta a tierra de los apoyos instalados.
Declaración de utilidad pública y efectos expropiatorios
La resolución declara la utilidad pública concreta de esta instalación, implicando la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados para permitir la ejecución del proyecto de forma conforme a la Ley de Expropiación Forzosa.
Esta declaración faculta la servidumbre de paso y la ocupación temporal necesaria para construcción, vigilancia y mantenimiento de la línea.
Plazos y condiciones
El titular dispone de un plazo de 24 meses desde la notificación para poner en marcha la instalación y deberá notificar la finalización de las obras para obtener la autorización administrativa de explotación.
La autorización puede ser revocada en caso de incumplimiento de condiciones o cese de permisos anteriores vinculantes.
Relación de bienes afectados
La resolución incluye un anexo con la relación individualizada de fincas rústicas y derechos afectados en los parajes señalados, con detalle de cultivos y superficies, disponible en el texto oficial del BOE (enlace al final).
Información para los afectados
Las personas y entidades afectadas pueden solicitar una valoración técnica o una revisión preliminar del expediente para conocer las implicaciones concretas de la expropiación o de la urgente ocupación en guiadeexpropiaciones.com.
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Enlace oficial: BOE-B-2026-14623
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